
Conforme a eIDAS, los sellos electrónicos cualificados (art. 35) autentican a las personas jurídicas —empresas, instituciones, sistemas automatizados—, mientras que las firmas electrónicas cualificadas (art. 26/27) autentican a las personas físicas. Para la propiedad de la PI y los flujos de documentos por lotes, el sello ofrece una prueba más sólida de la autoría organizativa. Esta guía explica el fundamento jurídico, los casos de uso y cómo obtener uno u otra a través de Swiss Trust Layer desde CHF 5/document.
En noviembre de 2024, una agencia creativa ginebrина entrego un sistema de identidad de marca de 60 paginas a una startup fintech. Los entregables incluian archivos de logo, una biblioteca completa de componentes UI y una guia de diseno en movimiento. El contrato habia sido acordado verbalmente, con una version escrita enviada pero nunca contrafirmada. Seis semanas despues de la entrega, el nuevo director de diseno contratado por la startup comenzo a presentar el trabajo como desarrollado internamente. La agencia no habia aplicado ninguna marca de tiempo. El equipo legal de la startup tenia una pregunta: demuestre que lo creo primero. La agencia no pudo. La disputa de propiedad intelectual resultante costo a la agencia CHF 340.000 en honorarios legales y tres meses de tiempo de direccion, por un trabajo facturado originalmente en CHF 45.000.
Esa brecha entre creacion y prueba es exactamente lo que cierra el sello electronico cualificado de eIDAS. Entender si su empresa necesita un sello o una firma determina si sus registros de propiedad intelectual se sostienen ante un tribunal.
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